CIRCULAR F-17.13.1 mediante la cual se da a conocer a las instituciones de fianzas, agentes de fianzas persona física, apoderados de agente de fianzas persona moral y público en general, la designación de Centro de Aplicación de Exámenes.


 

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

CIRCULAR F-17.13.1

Asunto: Se da a conocer designación de Centro de Aplicación de Exámenes.

A las instituciones de fianzas, agentes de
fianzas persona física, apoderados de
agente de fianzas persona moral y
público en general.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 87 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y 10 fracción V del Reglamento de Agentes de Seguros y de Fianzas, en relación con lo establecido en la Novena de las Disposiciones a las que deberán sujetarse las personas morales que participen en la aplicación de exámenes para la evaluación de la capacidad técnica de los agentes de fianzas persona física y apoderados de agente de fianzas persona moral, emitidas por esta Comisión mediante Circular F-17.13, de 20 de mayo de 2003, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 del mismo mes y año; esta Comisión hace de su conocimiento que por oficio número 06-367-II-1.2/3035, emitido por la Dirección General Jurídica Consultiva, de Contratación, Intermediarios y Coordinación Regional el 21 de enero pasado, la sociedad cuyo domicilio social se consignan a continuación, ha sido designado como Centro de Aplicación de Exámenes:

CENTRO DE EVALUACION PARA INTERMEDIARIOS, S.C.
Francisco I. Madero No. 21
Col. Tlacopac San Angel
C.P. 01040, México, D.F.

Lo anterior se hace de su conocimiento con fundamento en los artículos 68 fracción VI de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas; 108 fracción IV de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y de conformidad con el acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas delega en el presidente la facultad de emitir las disposiciones necesarias para el ejercicio de las facultades que la ley le otorga a dicha Comisión y para el eficaz cumplimiento de la misma y de las reglas y reglamentos, emitido el 2 de diciembre de 1998 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999.

Atentamente

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 24 de febrero de 2004.- El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, Manuel S. Aguilera Verduzco .- Rúbrica.